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Principales Consideraciones del Proyecto de Ley Orgánica de Eficiencia y Generación de Empleo

El 27 de noviembre de 2023, el presidente de la República, Daniel Noboa Azín, envió ante la Asamblea Nacional la primera propuesta de Ley de Urgencia Económica. Este proyecto busca promover la capacidad de empleo entre los jóvenes, aumentar la recaudación tributaria y estimular la inversión en el país.


 

Aquí te contamos las principales reformas en materia tributaria:

 

• EXONERACIONES

Rendimientos Financieros, extender el plazo para obtener la exoneración por rendimientos financieros a 360 días o más, en lugar de los actuales 180 días, proporcionando un período más amplio para que quienes se benefician de la exoneración mantengan sus depósitos e inversiones.

Enajenación Ocasional de Bienes Inmuebles, exonerar de impuestos las ganancias obtenidas por la venta ocasional de propiedades, incluyendo bienes accesorios, si se realiza dentro de un período de cinco años. Actualmente, la norma permite esta exención solo para la venta de propiedades destinadas a vivienda, incluyendo bienes accesorios, hasta dos veces al año.

 

• DEDUCCIONES

Deducción Adicional por Contratación Laboral – Jóvenes, beneficio fiscal para empresas que generen empleo mediante contratos a plazo fijo o indefinido, enfocado en la contratación de jóvenes de 18 a 29 años.

Deducción Adicional por Contratación Laboral – Personas que Fueron Privadas de la Libertad, deducción del 50% en salarios y beneficios para empresas que contraten a personas sancionadas con penas de más de un año en Ecuador o a sus parejas, con un incremento del 50% adicional si la sentencia es condenatoria y firme, buscando incentivar la reinserción laboral de individuos con antecedentes penales.

Deducción Adicional – Publicidad, deducción adicional del 150% para los gastos de publicidad, auspicio de deportistas, apoyo a estudiantes de bajos recursos en formación dual, becas, y para entidades sin fines de lucro que se centren en desnutrición infantil, atención a personas con discapacidad o enfermedades catastróficas.

Bancarización, el proyecto busca permitir la deducción de costos o gastos por casos superiores a $100.00 para el impuesto a la renta e IVA, siempre que se realice mediante transacciones bancarias. Actualmente, la norma establece un límite de $1,000 por caso, imponiendo la obligación de bancarizar.

 

• RETENCIONES

Retenciones A RIMPE Emprendedores, La nueva ley sugiere quitar un beneficio que eximía a los empresarios de tener que retener impuestos a la Renta e Impuesto al Valor Agregado (IVA) al realizar pagos con tarjetas o medios electrónicos. Con la eliminación, los emprendedores estarían sujetos a retenciones independientemente de la modalidad de pago.

Grandes Contribuyentes, Instaurar un régimen de retención para Grandes Contribuyentes, quienes deberán realizar una auto retención mensual de hasta el 3% del Impuesto a la Renta sobre sus ingresos gravados. Se excluyen instituciones financieras, telefonía móvil, empresas petroleras, así como aquellas con regímenes especiales como bananeras y agropecuarias. Los Grandes Contribuyentes no serán sujetos de retención en la fuente del impuesto a la renta, salvo excepciones como contratos con gobiernos autónomos descentralizados y empresas públicas.

 

• IMPUESTO AL VALOR AGREGADO – IVA

IVA 0%, se propone agregar con IVA 0% aquellos bienes que introduzcan al país los sujetos pasivos calificados como usuarios de Zonas Francas.

Devolución de IVA, el proyecto busca permitir a personas y empresas que pagaron IVA en compras para construcción de proyectos inmobiliarios la devolución del impuesto en 90 días sin intereses, siempre que cumplan con las regulaciones de tasa impositiva.

 

• IMPUESTO A LA SALIDA DE DIVISAS – ISD

ISD, la inscripción del contrato en el BCE seguirá siendo obligatoria, pero no será un impedimento para acceder a la exoneración del ISD en pagos al exterior por amortización de capital e intereses. El incumplimiento de la inscripción en el plazo establecido tendrá una multa de hasta diez salarios básicos unificados.

 

• FISCALIDAD INTERNACIONAL

Residencia Fiscal, se propone modificar la normativa para permitir a los contribuyentes demostrar su residencia fiscal en un país distinto a Ecuador, incluso si la mayoría de sus activos se encuentra en Ecuador, siempre que no sea un paraíso fiscal. Además, se plantea eliminar la obligación de pagar impuestos en Ecuador por ingresos de fuente ecuatoriana para personas naturales con residencia fiscal en otro lugar, pero manteniendo la tarifa del 25% o 37% para no residentes por estos ingresos.

Residencia Fiscal Temporal, para los no residentes fiscales en Ecuador, se les permitirá tributar solo por ingresos ecuatorianos, aplicando costos y gastos deducibles, con un beneficio fiscal. El régimen tiene una duración de 5 años, requiere una inversión mínima de $150,000 en inmuebles o actividad productiva, ingresos mensuales de $2,500 sin tributación en Ecuador, y la obligación de afiliarse al IESS.

Régimen de Protección – Save Harbor – Puerto Seguro, eliminar el régimen de precios de transferencia para contribuyentes que realicen operaciones con partes relacionadas, estableciendo requisitos como un impuesto superior al 3% de sus ingresos, la no realización de operaciones con residentes en paraísos fiscales o regímenes preferentes, y la ausencia de contratos con el Estado para la exploración y explotación de recursos no renovables.

 

• SANCIONES

Sanción por Oculatamiento Patrimonial, por el ocultamiento patrimonial se incrementa la sanción del 1% al 2% del valor total de sus activos y/o ingresos no declarados por cada mes de retraso, sin que esta supere el 10%, antes 5%.

Sanciones para Quienes No Entreguen Información al SRI, aquellos contribuyentes que no entreguen la información requerida por el SRI, dentro del plazo otorgado para el efecto, serán sancionados con una multa de hasta 10 remuneraciones básicas unificadas del trabajador.

 

• NUEVO RÉGIMEN

Se propone la creación del régimen para la atracción de inversiones, a través de las asociaciones público-privadas.

 

El presidente de la Asamblea Nacional, Henry Kronfle convocó para el martes 12 de diciembre, al primer debate del proyecto de Ley de Eficiencia Económica y Generación de Empleo, calificado como urgente en materia económica.

 

Descarga el Decreto Ejecutivo aquí

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Recuerda, si necesitas más información sobre este tema contáctanos al mail:  m.arroyo@uhyecuador.ec

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