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Calificación como Agentes de Retención

El Servicio de Rentas Internas, con fecha 30 de diciembre de 2021 emite la Resolución en la cual se califica a los sujetos pasivos que constan en el Anexo a la Resolución como «Agentes de Retención» del Impuesto a la Renta e IVA.


 

Dicha obligación corre desde el primer día del mes siguiente inmediato a la fecha de notificación de la misma. Además, los sujetos señalados en el Anexo a dicha Resolución, deben colocar la información de su calidad de agente de retención y el presente número de resolución en sus comprobantes de venta, retención y documentos complementarios.

 

Aquí te dejamos la Resolución completa

 

IMPORTANTE

Los contribuyentes deberán revisar trámites y notificaciones / notificaciones / documentos notificados electrónicamente,  ya que el SRI con fecha de 30 de diciembre de 2021 actualizó su catastro y nombró a los nuevos contribuyentes especiales. 

Si tienes dudas sobre este tema, recuerda que somos expertos te podemos asesorar en todo momento.

 

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Recuerda, si necesitas más información sobre este tema contáctanos al mail:  m.arroyo@uhyecuador.ec

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