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Nueva regla para la proyección de gastos personales

Durante este mes se debe presentar los cálculos proyectados para los gastos en los rubros de alimentación, salud, educación, vestimenta y vivienda y a partir de este año los descuentos son del 10% y 20% para el pago de IR según un techo definido.


 

Las nuevas directrices contempladas tras la aprobación de la Ley Orgánica para el Desarrollo Económico y Sostenibilidad Fiscal, a finales del año, también provocaron cambios en lo referente a la proyección de gastos personales.

En concreto, a partir de este año, los contribuyentes cuentan con un nuevo esquema, donde se establecen rebajas del 10% y 20% del Impuesto a la Renta, siempre y cuando los habituales gastos de salud, alimentación, vivienda, vestimenta y educación estén sustentados en comprobantes de venta.  

De acuerdo a lo que informa el Servicio de Rentas Internas (SRI) la fracción básica para 2022 es de US$ 11.310. En este punto es cuando se refleja el cambio:

 

• Si el total de los ingresos no exceden los US$ 24.090,30, el descuento al que se podrá acceder es del 20%.

• Si el total de los ingresos exceden los US$ 24.090,30, el descuento es del 10%.

 

Rubros a tener en cuenta:

 

Salud

  • Servicios de salud prestados por clínicas, hospitales, laboratorios y farmacias.
  • Medicamentos, insumos médicos, lentes y prótesis.
  • Honorarios de médicos y profesionales de la salud con título profesional.
  • Medicina prepagada y prima de seguro médico en contratos individuales y corporativos.
  • Deducible no reembolsado de la liquidación del seguro privado.

 

Alimentación

  • Compras de alimentos para consumo humano.
  • Pensiones alimenticias.
  • Compra de alimentos en restaurantes.

 

Vestimenta

  • Cualquier tipo de prenda de vestir.

 

 

Vivienda

  • Arriendo de un único inmueble usado para vivienda.
  • Intereses de préstamos hipotecarios.
  • Impuestos prediales de un único bien inmueble del que es propietario y habita.

 

Educación

  • Matrícula y pensión en todos los niveles del sistema educativo.
  • Útiles, textos escolares y materiales didácticos.
  • Servicios de educación especial para personas con discapacidad.
  • Servicios prestados por centros de cuidado infantil.

 

Turismo nacional

  • Servicio de alimentos y bebidas,
  • Parques de atracciones.

 

 

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