12/1/2026

El SRI lanza el nuevo Formulario Informativo de Actividades Mineras

En los últimos años, las exportaciones mineras se han consolidado como uno de los principales rubros no petroleros del país, lo que ha llevado a la Administración Tributaria a fortalecer los mecanismos de control y transparencia

El sector minero en Ecuador continúa ganando relevancia dentro de la economía nacional. En los últimos años, las exportaciones mineras se han consolidado como uno de los principales rubros no petroleros del país, lo que ha llevado a la Administración Tributaria a fortalecer los mecanismos de control y transparencia

En este contexto, el Servicio de Rentas Internas (SRI) reformó la Resolución No. NAC-DGERCGC25-00000004 y dispuso la creación del Formulario Informativo de Actividades Mineras, que reemplaza oficialmente al conocido Anexo Minero. Este cambio marca un nuevo estándar en la gestión de información tributaria del sector.

Principales cambios que introduce el nuevo formulario

1. Cambio de denominación
El tradicional Anexo Minero pasa a llamarse Formulario Informativo de Actividades Mineras, con un enfoque más estructurado y digital.

2. Periodicidad mensual obligatoria
La información deberá presentarse mensualmente, en el mes siguiente al que corresponde el reporte.
La fecha exacta de vencimiento dependerá del noveno dígito del RUC:

  • RUC terminado en 1: hasta el día 10 del mes siguiente
  • RUC terminado en 0: hasta el día 28 del mes siguiente

3. Obligación retroactiva
El SRI exige la regularización de información de años anteriores:

  • Ejercicios 2022 y 2023: se reportan en enero de 2026
  • Ejercicios 2024 y 2025: se reportan en febrero de 2026
    En todos los casos, el plazo dependerá del noveno dígito del RUC.

4. Disponibilidad del formulario
La ficha técnica y el formulario estarán disponibles en la página web del SRI (www.sri.gob.ec) desde el 30 de noviembre de 2025.

¿A quiénes aplica esta obligación?

El nuevo formulario aplica a todos los sujetos del sector minero que anteriormente debían presentar el Anexo Minero, entre ellos:

  • Concesionarios mineros
  • Empresas con licencias de comercialización
  • Operadores de pequeña minería
  • Minería artesanal obligada a reportar al SRI

Impacto para los contribuyentes mineros

Esta reforma busca:

  • Fortalecer el control y la transparencia del sector
  • Unificar la información en un formato digital más ágil
  • Establecer fechas claras de cumplimiento
  • Regularizar información histórica (2022–2025) durante 2026

Sin embargo, también implica mayores exigencias operativas y tributarias para las compañías mineras.

Riesgo de suspensión del RUC

El SRI podrá suspender de oficio el RUC en casos como:

  • Registro de actividades mineras sin verificación efectiva por parte de la Administración Tributaria
  • Imposibilidad de verificar la información declarada en el RUC

Esta suspensión se mantendrá hasta que el SRI confirme la actividad minera reportada.

¿Qué deben hacer las empresas mineras?

Ante estos cambios, es clave:

  • Actualizar procedimientos internos
  • Preparar con anticipación la documentación técnica y fiscal
  • Contar con asesoría especializada para mitigar riesgos tributarios y evitar contingencias que afecten la operación

¿Cómo te acompaña UHY Ecuador?

En UHY Ecuador contamos con un equipo especializado en tributación y cumplimiento normativo que te acompaña en:

  • Análisis de impacto del nuevo formulario
  • Preparación y validación de información minera
  • Regularización de ejercicios fiscales anteriores
  • Prevención de sanciones y suspensión del RUC

📌 Anticípate a los cambios y cumple sin riesgos.
📩 Escríbenos a info@uhyecuador.ec
📞 Contáctanos al 099 860 1538

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